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Miércoles, 28 de Mayo de 2025
En caso de concretarse el globo del Gobierno convocando por decreto la denegada consulta popular estaría incurriendo en un acto abiertamente inconstitucional. Ya el Senado, hace más de dos semanas, emitió su concepto negativo, cuando consideró inconveniente llevar a cabo un procedimiento de este tipo en las circunstancias de tiempo, modo y lugar en que se adelantó el debate. No vale, pues, repetir los múltiples argumentos invocados por la mayoría de los senadores, que oficialmente y con todo rigor legal improbaron la solicitud presidencial, tal cual consta en las actas firmadas por el secretario de la entidad legislativa. De suyo, el dictamen de la corporación fue claro y cualquier decisión de tumbar lo actuado tendría que ser motivo de un fallo judicial.
Todavía más, si el Ejecutivo está insatisfecho puede presentar, ipso facto, una demanda ante la autoridad jurisdiccional correspondiente, en vez de seguir echando bulos. En tanto no lo haga, y no exista una sentencia en contrario, la decisión del Senado está plenamente soportada en el principio de legalidad. Por el contrario, lo que es ilegal es cualquier actitud gubernamental que pretenda desconocer la determinación senatorial de negar la consulta, no en una, sino en dos ocasiones. La primera, con un resultado de 49 contra 47 votos; la segunda, en la apelación, con 64 contra 37 votos.
Emitir un decreto, a sabiendas de que es ilegal, entrañaría de inmediato una actuación prevaricadora. En efecto, al tenor del artículo sexto constitucional los servidores públicos, sean del nivel que sea, son responsables por infringir la Constitución y las leyes. Así como, adicionalmente, por omisión o extralimitación en el ejercicio de sus funciones. Esto último, con más precisión, es lo que se tipifica en el Código Penal de prevaricato, con todas sus consecuencias punibles. De allí que por su importancia esta norma se incluya como uno de los principios fundamentales de la Carta de 1991, justamente en el primer capítulo.
Pero no solo eso. Parecería, con argucias de este estilo, que se quiere distraer al Senado de su empeño en sacar adelante la reforma laboral y ver si por esa vía del entrampamiento y las cáscaras es posible llevar a pique la iniciativa, en aras de demostrar que la entidad fue incapaz de cumplir con el compromiso adquirido con todos los colombianos. No obstante, lo ideal es el camino de la concertación adoptado por los parlamentarios. Con miras, además, a que la nueva plataforma laboral entre en vigencia de una vez por todas y no se tenga que esperar eternidades, como sería del caso con una consulta popular que, una vez realizada dentro de varios meses y en caso de cumplirse todos los umbrales y requerimientos de ley, tendría que volver al Congreso para su perfeccionamiento y ajuste en una legislación que solo hasta ese momento comenzaría a debatirse en los cuatro debates reglamentarios, en una prolongación innecesaria.
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Desde luego, todo gobierno tiene derecho de consultar al pueblo decisiones de trascendencia nacional. En principio, claro está, deberían ser temas que, por su condición, no encuentran otro tipo de mecanismos para hacerlos efectivos. Por ejemplo, como ocurrió en su momento en España con el ingreso de este país a la OTAN. Pero consultar lo que de antemano existe en las atribuciones tanto del Ejecutivo como del Legislativo es más bien hacer mutis por el foro, pues los voceros de ambas ramas son precisamente elegidos por el pueblo para que, dentro de sus amplias facultades, lleven a buen puerto lo prometido en campaña. Y para lo cual están consagradas las elecciones en un sistema democrático. No en vano suele decirse, a razón de lo anterior, que la democracia es un método de gobierno por y para el pueblo.
No quiere decir, claro está, que los mecanismos de participación ciudadana, aparte de las elecciones, no sean una expresión democrática laudable. El problema estriba, en Colombia, en que muchas veces esos elementos de gran valía han sido utilizados desde un punto de vista meramente táctico, es decir, en el trasfondo buscando réditos políticos personalistas. Y eso es lo que ha llevado al fracaso esta alternativa constitucional.
Por lo pronto, sobre la consulta popular en mención es evidente que el Senado ya dio su dictamen. Por una parte, dijo sí a la reforma laboral concertada, como se está realizando, y de otra se abstuvo de aprobar la dicha consulta, ya que había perdido su materia al reabrirse las discusiones laborales. Que, ciertamente, no se agotan con lo hasta ahora aprobado y lo que pueda salir de la plenaria. Pero que, digamos, es la cuota inicial para entrar de lleno y de fondo a la verdadera reforma laboral que necesita Colombia, buscando el pleno empleo, la adecuación a las tecnologías de última generación y preservando la dignidad humana frente a los enormes retos que se plantean hacia el futuro.



