.POR : LUIS ALBERTO FIGUEROA
T.P. 0222 DEL MEN COLOMBIA
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Como era de esperarse, la Corte Constitucional tumbó esta semana las modificaciones hechas por el Congreso de la República a la Ley de Garantías Electorales, puesto que una enmienda de esas características no podía llevarse a cabo en un artículo repentinamente incrustado en una de distinta índole a la estatutaria que regulaba la reelección presidencial.
La Corte no solo escogió criterios sino que fue más allá en su fallo: donde ordenó paralizar los convenios en ejecución que fueron suscritos en medio de la campaña electoral entre entidades regionales y dependencias nacionales , así como suspender aquellos que estaban en trámite de ser perfeccionados.
Solo efectuó los relacionados con los asuntos de orden público, atención a catástrofes o infraestructura, así como sobre necesidades básicas insatisfechas en salud, educación, vivienda y saneamiento potable.
En consecuencia, no existe posibilidad alguna de hacer erogaciones presupuestales en las materias prohibidas en la Ley de Garantías, so pena de caer en un prevaricato descomunal.
Es este orden de ideas, siguiendo los postulados constitucionales, bastaba con presentar una reforma directa y motivado a la Ley de garantías y aducir sus justificaciones del caso, como aquellas que, ya prohibida la figura de la reelección presidencial, era viable cambiar parcialmente o derogar la norma que regulaba la actuación de un mandatario-candidato.
Y en esta dirección, una vez hechas y aprobadas estas modificaciones legales, proceder a incorporar los rubros en la Ley de Presupuesto a fin de que, como también se dijo y no era en lo absoluto descabellado, los acaldes pudieran contar con recursos frescos para mejorar las condiciones, después del impacto negativo de la pandemia del coronavirus y los paros del 2021.
Esta clase de errores crasos de técnica legislativa se han repetido en el saliente Congreso. Por ejemplo, motivaron la inexequibilidad de normas de la importancia de la primera reforma tributaria aprobada a finales de 2018 así como del ajuste al Código Electoral, en diciembre de 2020.




