Se acabo el plazo para pertenecer al regimen especial

      Comentarios desactivados en Se acabo el plazo para pertenecer al regimen especial

 

DOSQUEBRADAS RISARALDA

Hasta el 31 de marzo tienen plazo los contribuyentes del Impuesto de Industria y Comercio para inscribirse al Régimen Especial, claro está si cumplen con los requisitos establecidos en el Artículo 88 del Acuerdo 028 de 2017 correspondiente a la actualización del Estatuto Tributario de Dosquebradas.

Es por lo anterior que la Secretaría de Hacienda y Finanzas Públicas hace el llamado para que se haga la solicitud escrita ante este despacho, de acuerdo con sus ingresos y con las siguientes condiciones:

1.   Que en el año anterior hubiesen tenido ingresos brutos provenientes de su actividad inferior o igual a 800 UVTS, pagarán mínimo 2 UVTS anuales, y los que hubiesen tenido ingresos brutos entre 801 y 1600 UVTS, pagaran mínimo 4 UVTS anuales (800 UVT son $25.487.200 y 1.600 UVT son $50.974.400).

2.   Que tengan máximo un establecimiento de comercio, oficina, sede, local o negocio donde ejercen su actividad.

3.   Que en el establecimiento de comercio, oficina, sede, local o negocio no se desarrollen actividades bajo franquicia, concesión, regalía o cualquier otro medio que implique la explotación de intangibles.

4.   Que no sean usuarios aduaneros.

5.   Quienes cumplan los requisitos podrán descargar el formato para tal fin en la página www.dosquebradas.gov.co, en Enlace Ciudadano, link Formularios descargables, Solicitud Régimen Especial  http://www.dosquebradas.gov. co/web/index.php/atencion-al- ciudadano/formularios- descargables.

Por su parte, el secretario de Hacienda, Huberney Jaramillo expresó que “entre las ventajas que tiene pertenecer al Régimen Especial son que si no se paga a tiempo, solamente el contribuyente paga los intereses pero no paga sanciones. Otro de los beneficios es que paga menos UVTS que el Régimen Ordinario”.

El funcionario aclaró que el contribuyente deberá cancelar el valor del impuesto de Industria y Comercio, más el 4% de la sobretasa bomberil, y el 15% de avisos y tableros.

Dato de Interés

El valor del Impuesto de Industria y Comercio para el Régimen Tributario Especial será mínimo de 2 y 4 UVTS anuales más complementarios, que deberán pagar en 4 cuotas trimestrales, pagaderas en abril, julio, octubre de la vigencia fiscal corriente y la última en el período fiscal siguiente, antes del 31 de marzo de 2019, la cual se presentará con la Declaración Anual de Industria y Comercio (2 UVTS:$66.312 y 4 UVTS:$132.624)