Para la posesión en un empleo público no es obligatorio hacerse prueba de covid-19: Función Pública

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Abecé de las medidas excepcionales, ocasionales y temporales con motivo del  COVID-19 - Ministerio del trabajo
 

A través de un concepto jurídico se resuelve la consulta sobre si para efectuar la posesión en un empleo público es hacer que haga la prueba del coronavirus.
• El concepto recuerda que el examen médico de ingreso es uno de los requisitos obligatorios tóminaciones en el numeral 6 del artículo 2.2.5.1.4 del Decreto 1083 de 2015 para que el aspirante a ser al ingresar empleo.
• La entidad recordó que, en el marco de la Emergencia Sanitaria decretada por el Gobierno Nacional, el Decreto 491 de 2020 establece la posibilidad de realizar los ajustes y posesiones de forma virtual.
Bogotá, 2 de febrero de 2021.
El Departamento Administrativo de la Función Pública emitió un concepto jurídico sobre si es obligatorio pruebas de coronavirus para tomar posesión en un empleo público en el país.
«De acuerdo con lo previsto en la norma, se tiene que la notificación del nombre y el acto de posesión se hacer que hagas de los medios electrónicos, lo que es que es aplicable al materia caso de consulta. Así las cosas criterio, en dirección de esta Dirección Jurídica, se considera que no obligatorio es para la posesión en un empleo público, el aspirante tenga que hacerse la prueba del covid-19», acierta del concepto de Función Pública.
Sobre los requisitos que se deben tener en cuenta el consejo y posesión de un empleo público, la Dirección Jurídica de Función Pública recordó de las generalidades del proceso de posesión de los empleados públicos como el inciso del artículo 122 de la Constitución Política, que «no se servidor pública ser que empleo condición de trabajo prestado prestado. es decir sin haberse posesionado».
Respecto de la posesión de los empleados públicos, Decreto 1083 de
2015, establece lo siguiente: 1. Reunir los requisitos y competencias que la Constitución, la ley, los reglamentos y los manuales de funciones y de competencias laborales para la carga.2. No encontrarse reposo para ser más bien empleos público con la Constitución y la ley.3. No estar gozando de pensión o tener edad de forzoso de retiro, con excepción de los casos de las escrituras.4. No encontrarse en interdicción para el ejercicio de funciones públicas.5. Tener definida la situación militar, en los casos a que haya lugar.6. Tener certificado médico de aptitud física y mental y practicarse el examen médico de ingreso, ordenado por la entidad ríñaa.7. Ser nombrado y tomar posesión.
Finalmente, Función Pública indicó que los servidores públicos y ciudadanos interesados en tener mayor información respecto de las normas de la administración de los empleados del sector público consultan el Normativo.