A parttir del martes 3 de noviembre cambiará horario laboral en la Gobernación de Risaralda

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 A partir del martes 3 de noviembre cambiará horario laboral en la Gobernación.

Pereira, Octubre 31 de 2020.

Por medio del Decreto 0937 expedido el 28 de octubre de 2020 se establecen disposiciones en materia de trabajo, de protocolos de bioseguridad, y de atención al público, además desde el próximo martes 3 de noviembre el horario laboral en la Gobernación y demás sedes donde funcionan secretarías de despacho, será de 7:00 am. a 12:00 m. y de 1:00 pm. a 4:00 pm. de lunes a viernes.
 
Se mantendrá la restricción de atención al público de forma presencial en las instalaciones de la administración departamental, hasta tanto las circunstancias generadas con ocasión de la emergencia sanitaria, sean evaluadas por las autoridades competentes y sea viabilizada dicha forma de atención.
 
Sin embargo, se reitera que los ciudadanos podrán adelantar las gestiones que requieran de manera virtual a través de la página web www.risaralda.gov.co o los correos institucionales dispuestos para tal fin.
 
De igual manera los secretarios de despacho y directores administrativos y operativos deberán establecer turnos laborales presenciales con el personal de cada secretaría para alternar las labores y continuar implementando el trabajo en casa, y prestando el servicio presencial hasta con un 30% de sus servidores y contratistas, de tal manera que el 70% restante, se mantenga realizando trabajo en casa.
 
 
Por tratarse de servidores públicos de confianza y manejo, los secretarios y directores y los gerentes de entidades descentralizadas deben laborar de manera presencial en forma permanente durante los días hábiles y cuando el Gobernador lo disponga, con el fin de tomar las decisiones para hacerle frente al Covid-19.
 
En caso que un secretario, director o gerente requiera a algún funcionario de su dependencia se solicitará su presencia e informará a la dirección de Talento Humano por conducto de la Oficina de Seguridad y Salud en el Trabajo, salvo para aquellos casos en que los funcionarios presenten comorbilidades y/o preexistencias médicas debidamente certificadas a través de la EPS a la que se encuentre registrado al igual que para aquellos casos de los funcionarios que superen la edad de 70 años.
 
Así mismo al interior de la entidad se mantendrán las medidas de bioseguridad que incluyen el uso obligatorio de tapabocas, la higiene de manos a través del uso de alcohol antiséptico o glicerinado, el distanciamiento físico de 2 metros entre persona y persona, evitar la realización de eventos sociales y las aglomeraciones en espacios cerrados y abiertos, que impliquen concurrencia de más de 50 personas.
 
Por último, el funcionario que sea requerido para prestar el servicio de manera presencial y sea renuente a la utilización de las medidas de bioseguridad y salud en el trabajo, se hará acreedor a las sanciones disciplinarias y penales a que haya lugar, así mismo deberán informar sobre sus condiciones de salud.