CON ATAUD Y AMBULANCIA RECORREN LOS 14 MUNICIPIOS DE RISARALDA
Por: Luis Alberto Figueroa
Para concienzar a los risaraldenses sobre la amenaza de muerte declarada por el Covid-19, el gobernador de Risaralda, apoyado por los mandatarios locales, optó por una alerta roja representada en un ataúd, un carro mortuorio, una camioneta dotada de megáfono y una ambulancia advirtiendo sobre los peligros de la Pandemia que azota al planeta tierra. La medida ha recibido el respaldo total de las autoridades sanitarias.
De otra parte, el doctor Víctor Manuel Tamayo Vargas dio luz verde y felicitó al presidente de los colombianos Iván Duque Márquez, por la prolongación por 14 días más el confinamiento del pueblo colombiano para preservar la vida y la salud de todos los habitantes del territorio nacional.
Más Noticias 2 febrero, 2022 PRESIDENTE IVÁN DQUE MÁRQUEZ FELICITA A LA FUERZA PÚBLICA POR LA CAPTURA DE INTEGRANTES DEL FRENTE » José María Becerra «. 10 febrero, 2024 12 diciembre, 2022 Qué impuestos deben pagar los colombianos y cómo se liquidan? Los impuestos en Colombia están regulados por medio del estatuto tributario y los correspondientes estatutos de renta municipal, dentro de los cuales se detalla el procedimiento de liquidación para cada tipo de impuesto. De acuerdo con Marcela Salazar Londoño, docente del programa de Contaduría Pública de Areandina seccional Pereira, “las personas naturales como jurídicas incurrirían en sanciones pecuniarias, incluyendo intereses de mora, cuando por error u omisión, no liquiden, no presenten o no paguen los impuestos que la normatividad vigente les obligue”. Frente a este escenario, ¿qué impuestos deben pagar las personas naturales y jurídicas en Colombia? La docente Salazar explica que existen impuestos de orden nacional y orden territorial, los cuales, se deben tener en cuenta: Personas naturales del orden nacional: Declaración de Renta y su complementario de Ganancia Ocasional: en caso de cumplir con los topes y requisitos fijados por el gobierno nacional. Declaración de activos en el exterior (en caso de poseer bienes en otros países): aunque no es un impuesto nuevo que deban pagar las personas naturales, se constituye como una obligación formal de presentar esta declaración que, de no cumplirse en los plazos fijados, podría ocasionar el pago de sanciones. Impuesto de Normalización Tributaria: cuando la persona necesite normalizar el tema de activos no declarados y/o pasivos declarados pero que no existieron. El más reciente fue el creado por la Ley 2155 del 2021, que se creó para el año 2022. Impuesto sobre las ventas, IVA: siempre y cuando por su actividad económica, sea responsable de IVA. Impuesto Nacional al Consumo: siempre y cuando la actividad económica tenga que ver con la venta en cafeterías, restaurantes, bares, gastro bares y otros establecimientos de comercio. Si la persona natural es comerciante y obtuvo ingresos o activos superiores a 30.000 UVT en al año anterior ($1.090 millones de pesos aproximadamente para el año 2022), se considerará agente de retención y deberá practicar retenciones en la fuente por los pagos o abonos en cuenta que realice por concepto de honorarios, comisiones, servicios arrendamientos (E.T, art. 392); Arrendimientos financieros. POR JUAN ESTEBAN HANAO PINEDA COMUNICACIONES UNIVERSIDAD LIBRE DE PEREIRA. 9 diciembre, 2020 LA VACUNACIÓN SERÁ UN CARRERA DE FONDO NO DE VELOCIDAD ADVIRTIÓ EL DIRECTOR MÉDICO DE SANIDAD PÚBLICA BRITANICA STEPHEN POWIS