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Pereira, abril 26 de 2020. Con el fin de dar a conocer las medidas adoptadas por el gobierno nacional y los protocolos que se deberán acatar se socializó el siguiente ABC. ¿Quiénes pueden reiniciar labores el 27 de abril? Cada proyecto de construcción debe enviar el protocolo detallado a plancovid@minvivienda.gov.co. Para ambas actividades, aplican las resoluciones 666 y 675, contienen todas las medidas. También podrán reiniciar actividades, aquellas empresas que desarrollen productos metalúrgicos; actividades de transformación de madera; fabricación de papel y cartón; textiles y calzado; fabricación de maquinaria, aparatos y equipos eléctricos; fabricación de productos informáticos y electrónicos y carbón. ¿Todos los trabajadores de estas actividades pueden salir a partir del lunes 27? ¿Toda la cadena productiva de la construcción podrá retomar actividades? ¿Quién vigilará el cumplimiento de las normas? ¿Qué autoridad habilita a las empresas? ¿Hay sanciones para quienes incumplan las medidas? ¿Qué pasa si aumentan las infecciones por Covid-19, luego de la habilitación de estas actividades? ¿Los trabajadores se pueden transportar en transporte masivo Megabús? ¿Cuántas empresas comenzarán a trabajar? |
ABC Para Reinicio de Actividades en Sectores de la Construcción y Manufactura
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