CARDER ES LA AUTORIDAD COMPETENTE PARA ADMINISTRAR EL SISTEMA DE GUADUA EN RISARALDA
- La entidad debe revisar cada solicitud de aprovechamiento, para determinar el tipo de aprovechamiento forestal a realizar.
Pereira, 23 de julio de 2019 CARDER. – En el año 2000 las Corporaciones Autónomas Regionales, CAR, deciden unificar la Norma para el manejo de guaduales naturales y plantados. Esta actividad es apoyada por el proyecto Manejo Sostenible de Bosques en Colombia, con énfasis en Guadua, proyecto liderado por la Agencia Alemana al Desarrollo – GIZ, donde la Corporación Autónoma Regional de Risaralda, CARDER ejerce la coordinación regional de este proyecto.
Dicha Norma inicia su aplicación en la región a partir del año 2002, y en sesiones de trabajo con los actores de la Cadena Productiva de la Guadua, se hicieron ajustes técnicos a la Norma en el año 2003; esta Norma, permite el reconocimiento de guaduales naturales de manejo forestal sostenible, la conformación y operación de núcleos forestales productivos. Estos dos instrumentos técnicos, regulados por la Norma Unificada para la Guadua, fueron puestos en operación por la CARDER, siendo la primera autoridad ambiental en reconocer guaduales de manejo forestal sostenible y en la conformación del Núcleo Forestal Productivo de Guadua.
Dados los avances en el manejo silvicultural de la Guadua, con el liderazgo de la CARDER y el apoyo de la GIZ, y de la Unión Europea, se logró certificar por su manejo forestal sostenible, cumpliendo estándares internacionales del Forest Stewardship Council – FSC, los primeros guaduales naturales en el mundo, siendo el municipio de Pereira, donde se lograron los mayores avances en estos aspectos.
Es así como la Corporación acorde con la experiencia en el proceso de administración forestal de los guaduales naturales y plantados del departamento, desde el año 2016 incluyó en el Plan de Acción Institucional, un componente de biodiversidad urbana, para lo cual, seleccionó el recurso Guadua, como el eje estructurante de esta actividad.
Es importante tener en cuenta, el porqué, se debe solicitar a las Autoridades Ambientales, permiso para realizar actividades de aprovechamiento de bosques naturales. El dueño del bosque “PRODUCTOR FORESTAL” posee un bien privado, del que puede obtener productos maderables y no maderables, pero esos bosques generan servicios públicos, que son conocidos como servicios ecosistémicos. Entre los servicios ecosistémicos, se resaltan entre otros la biodiversidad, captura de CO2, la regulación de los ciclos biológicos. En este contexto, es que la Autoridades Ambiental, debe administrar los bosques naturales, de tal forma, que estos puedan seguir brindando los servicios ecosistémicos.
“Los aprovechamientos forestales persistentes de bosques naturales localizados en terrenos de dominio público se adquieren mediante concesión, asociación o permiso; cuando los bosques naturales estén localizados en terrenos de propiedad privada y se quiera hacer aprovechamiento persistente, el derecho se adquiere mediante autorización. En este orden de ideas, la CARDER debe revisar cada solicitud de aprovechamiento, para determinar el tipo de aprovechamiento forestal a realizar. Para el caso de los aprovechamientos forestales únicos, estos deben contar con el documento técnico que determinen que su aptitud es diferente al uso forestal. En los cascos urbanos (caso Pereira, Dosquebradas), corresponden a los usos del suelo, que se demuestran con un certificado, expedido por la curaduría urbana. Cuando se autoriza el aprovechamiento forestal único, la entidad, determina medidas compensatorias, orientadas a que el responsable del Proyecto, compense la cobertura forestal erradicada”, explicó la Directora General (e) de la CARDER, Martha Mónica Restrepo Gallego.
De acuerdo con la legislación colombiana, se tienen tres clases de aprovechamiento forestal, los cuales son:
- Los aprovechamientos únicos: corresponden a los que se realizan por una sola vez en áreas donde se demuestre con base en estudios técnicos, una mejor aptitud de uso del suelo. Generalmente este tipo de aprovechamiento se asocia a la ejecución de proyectos de vías, construcción de obras de desarrollo (colegios, hospitales) y en los centros poblados a procesos de desarrollo urbanístico (edificios, conjuntos habitacionales, urbanizaciones, etc.)
- Los aprovechamientos persistentes: son los que se llevan a cabo con criterios de sostenibilidad y con la obligación de conservar el rendimiento normal del bosque, con técnicas silvícolas que permitan su renovación y que el manejo de estos bosques, se soporta en un plan de manejo y aprovechamiento forestal; el cual está sustentado en las ciencias forestales (Inventario forestal, dasonomía, silvicultura de bosques naturales, aprovechamiento y transporte menor y mayor de los productos maderables y no maderables)
- Los aprovechamientos domésticos: son los que se efectúan únicamente para satisfacer las necesidades vitales domésticas, sin que se puedan comercializar sus productos y se otorgan una vez al año, y su volumen (madera a extraer) no podrá exceder los veinte (20) metros cúbicos.
La CARDER le recuerda a la ciudadanía la importancia de denunciar ante las autoridades competentes, las afectaciones a los recursos naturales y de esta manera aportar en la conservación cuidado de los recursos naturales del departamento.