Pereria, Viernes Julio 31 de 2020.-
EDITORIAL


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Cubriendo los Cinco Continentes
Director Fundador
Luis Alberto Figueroa
T.P. 0222 del Ministerio de Educación Nacional
La Corte constitucional acaba de devolver al Gobierno Nacional el Decreto 580, expedido en el marco del estado de emergencia, declarado como consecuencia de la pandemia originada por el coronavirus, que trataba sobre subsidios en el costo de servicios públicos.
Aunque, claramente , la declaratoria de insconstitucionalidad de la suprema instancia judicial es ajustada a derecho, causó sorpresa y rechazo de la opinión hacia la administración por cuanto la razón de tal decisión fue la falta de firma de dos ministros, un descuido inexplicable.
Así como el subsidio no representa poco para las familias que, por ahora, lo perdieron, tampoco, como lo quieren interpretar para algunos, representa poco el argumento de la corte al declarar la inconstitucionalidd del mismo por falta de firmas de dos ministros de Salud, Fernando Ruiz, y la ministra de Ciencia, Tecnología e innovación, Mábel Gisela Torres.
En efecto aunque la anotación pareciera un simple aspecto de forma, tiene de fondo el hacho de que el requisito de reunir la firma de todos los ministros , es el marco de una excepcionalidad como la del estado de emergencia,es la forma de gaantizar expresiones democráticas en las decisiones del ejecutivo.
Con el decreto tumbado por la Corte, muchos se preguntan qué pasará ahora sin el subsidio para servicios de agua, aseo y alcantarillado.
De esta manera, el decreto benefició en este punto a mas de 8 millones de personas.
Pero lo más risible de todo es que el ministro de Vivienda Jhonatan Malagón no haya salido a asumir su responsabilidad en este caso y le enchutó la corresponsabilidad a lo que llama «equipo de gobierno » cuando es sabido que el decreto salió de su despacho.
Somos un equipo de trabajo y como equipo, cometimos un error.
Tumbado el deceto, se pierde la posibilidad de que nuevos mandatarios puedan hacer uso de este documento».
Además , aeguró que el fallo no tiene un efecto retogractivo.
Es decir, que los alcaldes que hicieron uso de la norma no incurrieron en falla disciplinaria.
Ellos tampoco deberán devolver los recursos que invirtieron.
Pero no deja de ser un golpe importante para muchos municipios en el país porque eliminan un instrumento de intervención de aquí hasta el
31 de diciembre.


