POR AUTONOMÍA DE PODERES

      Comentarios desactivados en POR AUTONOMÍA DE PODERES

Pereira, Lunes 13 de Julio de 2020.-

 

 

EDITORIAL

Periódico Ciberespacial www.notieje.com

Cubriendo los Cinco continentes

Director-Fundador

Luis Alberto Figueroa

T.P. 0222 del Ministerio de Educación Nacional

En un fallo dividido, de 5 votos a favor y 4 en contra, la Corte constitucional tumbó esta semana el articulo 12 del decreto 491 del 28 de marzo pasado, con el que el Gobierno Nacional adoptó la emergencia para poder atender con rapidez la amenaza de la pandemia de covid-19.

Más que simplemente dejar sin piso las sesiones virtuales que hizo el Congreso de la República para discutir diversos proyectos de ley y hacer control político, el dictamen del alto tribunal tiene efectos en un asunto fundamental de la democracia: la división de poderes y la autonomía de cada uno de ellos.

La Sala Plena de la Corte consideró que el presidente de la Rpública no tiene la potestad de ordenarle  al Congreso la manera en que se dben desarrollar sus reuniones, así estemos en un estado de emergencia.

Cada poder político tiene la autunomía suficiente para decidir cómo debe ejecutar su trabajo fue lo exprezado por la corte en este caso concreto, por lo que el próximo 20 de julio, cuando se instale la nueva legislatura, será el Senado y la Cámara  en pleno los que decidan  si se mantienen en la virtualidad, o volverán a las reuniones  presenciales.

Es conveniente que se haya recordado cuál es la estructura básica de nuestra democracia , lo que nos obliga a guardar coherencia con respecto al comportamiento de las instituciones del Estado.

Ahlora bien, en las actuales circustancias , cuando el número de casos  de covid-19 viene creciendo de manera más rápida ,m no resulta prudente  que el Congreso opte por volvera al Capitolio.