NI LA REGISTRADURÍA TIENE UN SUPERIOR FUNUNCIONAL EN LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA PARA ESTE TIPO DE DECISIONES. REGISTRADOR NACIONAL HERNÁN PENAGOS.

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Hernán Penagos. Registrador Nacional.

La acción judicial la presenta la Veeduría Colombia Decente, representada por el jurista Alcides Arrieta Meza, al conocer que el Registrador Nacional del Estado Civil, Hernán Penagos, decidió no tramitar la consulta popular solicitada por el Gobierno Nacional para el 7 de agosto de 2025, argumentando que la consulta popular no puede tratar temas que sean de iniciativa exclusiva del Gobierno, y en este caso, la consulta solicitada se refiere a un tema que, según la ley, cae dentro de esa categoría, según la Registraduría Nacional. Además, el Registrador ha aclarado que ni él ni la Registraduría tienen un superior funcional en la Constitución Política para este tipo de decisiones.

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