De acuerdo con lo establecido en el Capítulo III del Acuerdo 028 del 28 de diciembre de 2017, la Secretaría de Hacienda y Finanzas Públicas del Municipio de Dosquebradas estableció los plazos para el pago de Impuesto de Industria y Comercio correspondiente al pago del año 2018 así:
PAGO IMPUESTO DE INDUSTRIA Y COMERCIO |
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CUOTA |
FECHA DE VENCIMIENTO |
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Presentación Declaración y Primera Cuota |
40% |
lunes, 29 de abril de 2019 |
Segunda Cuota |
30% |
viernes, 31 de mayo de 2019 |
Tercera Cuota |
30% |
viernes, 02 de julio de 2019 |
De igual manera, quedaron estipuladas las fechas para los contribuyentes que son Retenedores y Autorretenedores así:
PRESENTACIÓN Y PAGO DE RETENCIÓN Y AUTORRETENCIÓN DEL IMPUESTO DE INDUSTRIA Y COMERCIO |
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PERIODO |
FECHA DE VENCIMIENTO |
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1 |
Enero –Febrero 2019 |
Viernes, 22 de Marzo de 2019 |
2 |
Marzo- Abril 2019 |
Viernes, 24 de Mayo de 2019 |
3 |
Mayo – Junio 2019 |
Viernes, 26 de Julio de 2019 |
4 |
Julio-Agosto 2019 |
Viernes, 27 de Septiembre de 2019 |
5 |
Septiembre- Octubre 2019 |
Viernes, 22 de Noviembre de 2019 |
6 |
Noviembre- Diciembre 2019 |
Viernes, 24 de Enero de 2020 |
El Secretario de Hacienda Huberney Jaramillo Osorio explicó que también se determinaron los plazos para quienes pertenecen al régimen especial cumpliendo los requisitos establecidos en el artículo 88 del Estatuto Tributario.
PAGO DEL IMPUESTO DE INDUSTRIA Y COMERCIO RÉGIMEN ESPECIAL |
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PERIODO |
FECHA DE VENCIMIENTO |
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1 |
Enero –Marzo de 2019 |
Viernes, 26 de Abril de 2019 |
2 |
Abril-Junio 2019 |
Viernes, 26 de Julio de 2019 |
3 |
Julio – Septiembre 2019 |
Viernes, 25 de Octubre de 2018 |
Octubre –Diciembre de 2019, Declaración Anual |
Viernes, 27 de Marzo de 2020 |
Finalmente el funcionario añadió que cualquier inquietud adicional se pueden acercar a las instalaciones de la Secretaría ubicada en el primer piso del Centro Administrativo Municipal – CAM para evitar extemporaneidad en la presentación y pago del impuesto, lo que acarrea sanciones y altos costos en intereses.
Dato de Interés:
Los contribuyentes que pertenezcan al régimen especial deberán presentar la carta de solicitud ante la Secretaría de Hacienda hasta el 31 de marzo de 2019.