Este lunes 04 de abril quedó definido el equipo técnico, metodológico con representantes de deportistas medallistas, ligas, entrenadores, periodistas asociados, y miembros de los entes territoriales, quienes hacen parte de la Comisión Departamental Asesora del Deporte y Altos Logros. El principal objetivo de la Comisión es acompañar, orientar y recomendar en asuntos importantes para el deporte en Risaralda, también para los procesos enfocados en los altos logros.
Integrantes Uriel Hurtado / Representantes de ligas (elegido por votación) Julieta Castro / Representantes de entrenadores (elegida por votación) Jaime Eduardo González / Representante de deportistas medallistas (elegido por votación) Carlos Alberto Marín / Representante de Acord-Risaralda Ómar Arboleda / Representante del equipo metodológico secretaría María Victoria Morales / Representante de equipo biomédico secretaría Norman Jairo Pachón / Director del Programa, Ciencias del Deporte y la Recreación la UTP Luis Eduardo Duque Sanz / Secretario de Deporte, Recreación y Cultura de Risaralda Sandra Milena Vélez Correa / Directora de Deporte de Risaralda Alejandro Hincapié / Coordinador de Altos Logros de la Secretaría Gustavo Rivera / Secretario de Deporte y Recreación de Pereira, asistente permanente.
Más Noticias 22 marzo, 2022 Con 44 medallas, Colombia logró el subcampeonato en los Panamericanos de paraciclismo en Brasil. 27 septiembre, 2024 INFORMACIÓN RECIBIDA DE LA OFICINA DE PRENSA DE LA GOBERNACIÓN DE RISARLADA. 1 junio, 2021 Gobierno Nacional imparte instrucciones a los alcaldes y gobernadores para la reactivación económica segura en el país • En el Decreto 580 del 31 de mayo del 2021 se establece la regulación del Aislamiento Selectivo con Distanciamiento Individual Responsable y la reactivación segura. • La norma da apertura a las actividades económicas, sociales y del Estado. El Ministerio de Salud y Protección Social expedirá los criterios y condiciones que permitan el desarrollo de las mismas. • Sin embargo, mantiene restricciones para protección de los ciudadanos en municipios, ciudades y distritos donde la ocupación de las Unidades de Cuidados Intensivos supere el 85% de ocupación. Bogotá, 31 de mayo de 2021. El Gobierno Nacional firmó el Decreto 580 del 31 de mayo del 2021, por medio del cual impartió instrucciones a los alcaldes y gobernadores para el Aislamiento Selectivo con Distanciamiento Individual Responsable y la reactivación económica segura en el país, desde el 1° de junio y hasta el 1° de septiembre del 2021, en el marco de la pandemia del covid-19. “El presente Decreto tiene por objeto regular la fase de Aislamiento Selectivo, Distanciamiento Individual Responsable y Reactivación Económica Segura. Todas las personas que permanezcan en el territorio nacional deberán cumplir con los protocolos de bioseguridad para la disminución de la propagación de la pandemia y la disminución del contagio”, explicó el Ministro del Interior, Daniel Palacios Martínez. A partir de la expedición de este decreto se da apertura a las actividades económicas, sociales y del Estado. El Ministerio de Salud y Protección Social expedirá los criterios y condiciones que permitan el desarrollo de las mismas, sin perjuicio de las ya señaladas en la Resolución 738 del 26 de mayo del 2021, por la cual se prorrogó la Emergencia Sanitaria. Es importante destacar que únicamente los alcaldes en los municipios y distritos con ocupación de Unidades de Cuidados Intensivo (UCI) superior al 85%, previo concepto del Ministerio de Salud y Protección Social, y con la debida autorización del Ministerio del Interior, podrán restringir algunas actividades, áreas, y zonas para el control y manejo de la pandemia. En ningún municipio del territorio nacional con ocupación de UCI superior al 85% se podrán habilitar los espacios o actividades presenciales tales como eventos de carácter público o privado que impliquen aglomeración de personas, discotecas y lugares de baile. En relación con los hoteles, establecimientos de la industria gastronómica y parques, estos no serán incluidos en los casos en que se implemente la medida de pico y cédula. Cuando un municipio presente una variación negativa en el comportamiento de la pandemia, el Ministerio de Salud y Protección Social enviará al Ministerio del Interior un informe que contenga la descripción de la situación epidemiológica del municipio relacionada con el covid-19 y las actividades que estarán permitidas, con lo cual se ordenará, por intermedio del Ministerio del Interior, el cierre de las actividades respectivas a la entidad territorial. Las entidades territoriales departamentales, distritales y municipales deben dar estricto cumplimiento al Plan Nacional de Vacunación, que solo podrá ser modificado por el Gobierno Nacional. Así mismo, se podrán establecer alternativas de organización laboral que incluyan el teletrabajo, trabajo remoto y trabajo en casa, y quienes ya estén vacunados podrán optar por la presencialidad. El decreto establece también que los gobernadores y alcaldes que omitan el cumplimiento de lo dispuesto en el decreto serán sujetos de las sanciones a que haya lugar. 23 febrero, 2025 LA NIÑES DE RISARALDA SE PREPARA PARA CELEBRAR SU DÍA.